
Qué dice el Convenio de Montreal sobre el equipaje perdido, dañado o retrasado
Revisado por José Romero Lara
Abogado de aviación EU261 — 5+ años como asesor jurídico interno en aerolíneas internacionales
Cuando una aerolínea pierde, daña o retrasa tu maleta, la norma que se aplica no es el Reglamento (CE) 261/2004, que cubre retrasos y cancelaciones de vuelos, sino el Convenio de Montreal de 1999. Esta guía explica qué cubre, cuánto puedes cobrar, qué plazos tienes y por qué AESA no admite estas reclamaciones.
¿Problemas con tu maleta?
Cuéntanos qué pasó y te decimos cómo reclamar. Sin pago por adelantado.
Empezar mi reclamaciónEn este artículo
1Qué es el Convenio de Montreal y cuándo se aplica
El Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, firmado en Montreal el 28 de mayo de 1999, regula la responsabilidad de las aerolíneas en vuelos internacionales. Se aplica en la UE desde el 28 de junio de 2004. En el equipaje cubre tres situaciones:
Destrucción o pérdida del equipaje.
Daño o avería del equipaje.
Retraso en la entrega del equipaje.
También en vuelos nacionales
El Reglamento (CE) 2027/97 aplica las mismas reglas y límites a las aerolíneas de la UE también en vuelos nacionales, por ejemplo un Madrid–Palma.
2Cuándo responde la aerolínea
Equipaje facturado: la aerolínea responde por el solo hecho de que la pérdida o el daño ocurriera a bordo o mientras la maleta estaba bajo su custodia. No tienes que probar que fue negligente (art. 17.2).
Equipaje de mano y objetos personales: también está cubierto, pero solo si el daño se debió a culpa de la aerolínea o de su personal.
Excepción
La aerolínea no responde del daño causado únicamente por la naturaleza o un defecto propio del equipaje, por ejemplo una maleta que se rompe por su propio desgaste.
3Límites de indemnización
Límites del Convenio de Montreal desde el 28/12/2024
Pérdida, daño o retraso del equipaje
Por pasajero (art. 22.2)
Retraso del pasajero
Daños probados, por pasajero (art. 22.1)
Muerte o lesiones
Responsabilidad objetiva hasta este importe (art. 21)
El límite de 1.519 DEG es un máximo, no un pago automático: cobras el valor que acredites con facturas, fotos o extractos. El DEG es una unidad del Fondo Monetario Internacional cuyo valor cambia cada día; en 2025–2026 ha rondado entre 1,15 y 1,25 €.
Cómo superar el límite
Si al facturar hiciste una declaración especial de valor y pagaste el suplemento, el límite pasa a ser el valor declarado. Tampoco hay límite si la aerolínea causó el daño con intención o de forma temeraria (art. 22.5).
4Plazos para reclamar
Plazos del Convenio de Montreal
Equipaje dañado
Reclamación escrita a la aerolínea (art. 31)
Equipaje retrasado
Reclamación escrita a la aerolínea (art. 31)
Equipaje perdido
Si la aerolínea lo admite o no llega en 21 días (art. 17.3)
Demanda judicial
Desde la llegada o la fecha prevista (art. 35)
Haz el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) en el aeropuerto antes de salir. No sustituye la reclamación escrita, pero es la prueba del incidente.
5Por qué AESA no tramita reclamaciones de equipaje
AESA tramita las reclamaciones por retrasos, cancelaciones y denegación de embarque del Reglamento (CE) 261/2004. Las reclamaciones sobre la responsabilidad de la aerolínea por el equipaje, que regula el Convenio de Montreal, están excluidas de su procedimiento. Por eso, si reclamas una maleta ante AESA, te responderá que no es competente.
- 1
Reclama por escrito a la aerolínea
Dentro de los plazos de 7 o 21 días, con el número de PIR, la tarjeta de embarque, la etiqueta de la maleta y las facturas o fotos del contenido.
- 2
Junta Arbitral de Consumo
Si la aerolínea está adherida al arbitraje de consumo, puedes pedirlo gratis a través de la junta arbitral de tu comunidad autónoma.
- 3
Demanda judicial
Tienes 2 años para demandar. Hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador.
- 4
O encárgaselo a AviFly
Gestionamos la reclamación a la aerolínea y, si hace falta, la demanda. Solo cobramos si recuperas tu dinero: 15% + IVA sin juicio y 30% + IVA con juicio.
6Convenio de Montreal y Reglamento EU261: diferencias
| Aspecto | Convenio de Montreal | Reglamento EU261 |
|---|---|---|
| Qué cubre | Equipaje (pérdida, daño, retraso) y daños por retraso | Retraso, cancelación y denegación de embarque |
| Importe | Daño probado, hasta 1.519 DEG por equipaje | 250, 400 o 600 € fijos |
| Reclamación escrita | 7 días (daño) o 21 días (retraso) | Sin plazo específico |
| Plazo para demandar | 2 años | 5 años en España (criterio general) |
| AESA | No tramita equipaje | Sí tramita reclamaciones |
AviFly reclama tu equipaje
Sin pago por adelantado. Solo cobramos si recuperas tu dinero.
Reclamar mi maletaPreguntas frecuentes
¿Por qué AESA dice que no es competente para mi reclamación de equipaje?
Porque las reclamaciones sobre la responsabilidad de la aerolínea por el equipaje se rigen por el Convenio de Montreal y están excluidas del procedimiento de AESA. Reclama por escrito a la aerolínea y, si no paga, acude a la Junta Arbitral de Consumo (si la aerolínea está adherida) o al juzgado.
¿Cuánto me pagan por una maleta perdida?
Hasta 1.519 DEG por pasajero, unos 1.800 € según el tipo de cambio. Es un máximo: cobras el valor que acredites de la maleta y su contenido.
¿Qué son los DEG?
Los Derechos Especiales de Giro son una unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional basada en una cesta de monedas. Su valor en euros cambia a diario; en 2025–2026 ha rondado entre 1,15 y 1,25 €.
¿Puedo cobrar más del límite si perdí cosas de más valor?
Solo si al facturar hiciste una declaración especial de valor pagando el suplemento, o si la aerolínea causó el daño con intención o de forma temeraria (art. 22.5 del Convenio).
¿Se aplica a un vuelo nacional dentro de España?
Sí, si lo opera una aerolínea de la UE: el Reglamento (CE) 2027/97 extiende las reglas y límites del Convenio de Montreal a sus vuelos nacionales.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar a la aerolínea?
Dos años desde la llegada del vuelo o desde la fecha en que debía llegar (art. 35 del Convenio). Pasado ese plazo, la acción se pierde.