
CE261 y Brexit: ¿qué derechos tienes en vuelos a Reino Unido en 2025?
Desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea. Esto genera confusión entre millones de pasajeros que vuelan entre España y el Reino Unido cada año: ¿sigue aplicando el EU261? ¿Han cambiado mis derechos? La respuesta depende de un factor clave: el aeropuerto de salida del vuelo y la aerolínea que lo opera. Esta guía lo explica sin tecnicismos.
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1Qué cambió con el Brexit para los pasajeros aéreos
Antes del Brexit, el EU261 aplicaba con total claridad a todos los vuelos entre España y el Reino Unido, en ambas direcciones, porque ambos países formaban parte de la UE. Desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido ya no está sujeto al Derecho de la Unión Europea.
Sin embargo, el impacto real para los pasajeros es menor de lo que podría parecer, por dos razones: primero, el EU261 sigue aplicando a cualquier vuelo que sale de un aeropuerto de la UE, sin importar el destino. Segundo, el Reino Unido incorporó el EU261 a su ordenamiento jurídico interno mediante el "Retained EU Law", creando el UK261, con prácticamente el mismo contenido.
Resumen ejecutivo
El EU261 sigue aplicando en la mayoría de vuelos España–UK. Solo en vuelos que salen del UK con aerolíneas no europeas se aplica el UK261 (que tiene los mismos derechos, en libras esterlinas).
2La regla fundamental: aeropuerto de salida y aerolínea operadora
Para saber qué normativa aplica a tu vuelo, debes responder a dos preguntas:
Pregunta 1: ¿De dónde sale el vuelo?
Si el vuelo sale de la UE (España, Francia, Alemania, etc.), aplica el EU261 — siempre, sin excepción, independientemente de la aerolínea y del destino.
Pregunta 2: Si sale del Reino Unido, ¿qué aerolínea lo opera?
Si sale del UK con una aerolínea europea (Vueling, Iberia, Air Europa, easyJet Europe), aplica el EU261. Si sale del UK con una aerolínea no europea (British Airways con licencia UK, Virgin Atlantic), aplica el UK261.
3Casos prácticos: qué normativa aplica en cada vuelo
Tabla de aplicación EU261/UK261 según vuelo
Madrid → Londres (Ryanair)
EU261Sale de aeropuerto de la UE
Madrid → Londres (Iberia)
EU261Sale de aeropuerto de la UE
Londres → Madrid (Ryanair)
EU261Aerolínea con licencia europea
Londres → Madrid (easyJet Europe)
EU261Aerolínea con licencia austriaca (UE)
Londres → Madrid (British Airways)
UK261Sale de UK con aerolínea con licencia UK
Londres → Madrid (Virgin Atlantic)
UK261Sale de UK con aerolínea con licencia UK
Barcelona → Manchester → Nueva York
EU261Vuelo de origen en la UE (Barcelona)
4El UK261: la versión británica del EU261
El UK261 (formalmente, el Reglamento de Derechos de los Pasajeros Aéreos incorporado al derecho británico) tiene prácticamente el mismo contenido que el EU261. Los umbrales son los mismos (3 horas de retraso, 14 días de aviso en cancelaciones), y las compensaciones están en la misma escala, expresadas en libras esterlinas:
Compensaciones UK261 (equivalente al EU261)
Hasta 1.500 km
Vuelos de corta distancia desde el UK
1.500 – 3.500 km
Vuelos de media distancia desde el UK
Más de 3.500 km
Vuelos de largo radio desde el UK
La diferencia práctica más relevante es la jurisdicción: si reclamas bajo el UK261, debes hacerlo ante la CAA (Civil Aviation Authority) o los tribunales británicos, no ante la AESA española. Sin embargo, si la aerolínea tiene presencia en España, también puede existir competencia de los tribunales españoles.
5Cómo reclamar según tu situación
Vuelo desde España al UK (cualquier aerolínea) — aplica EU261
Presenta la reclamación directamente a la aerolínea. Si rechaza, escala a la AESA en España. El proceso es idéntico a cualquier otra reclamación EU261 española.
Vuelo desde UK con aerolínea europea — aplica EU261
Reclama directamente a la aerolínea (Ryanair, easyJet Europe, Vueling, etc.). Puedes escalar a la AESA o a los tribunales españoles si la aerolínea tiene sede o delegación en España.
Vuelo desde UK con aerolínea no europea — aplica UK261
Reclama directamente a la aerolínea (British Airways, Virgin Atlantic, etc.). Si rechaza, puedes escalar a la CAA (Civil Aviation Authority) del Reino Unido. Los importes son equivalentes pero en libras.
Recuerda: En España el plazo de prescripción para reclamar es de 5 años desde la fecha del vuelo. No esperes demasiado, aunque hayas tenido el vuelo hace tiempo, puede que todavía estés a tiempo.
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